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  SERVIDUMBRE DE MEDIANERÍA

Es la obligación que tienen dos edificios o terrenos contiguos de compartir paredes, muros, setos, vallados… Si un inmueble está separado del adyacente por un muro compartido, los habitantes de uno y otro lado se benefician de él en igual medida y están obligados a costear las reparaciones en la proporción correspondiente. Lo mismo ocurre con la pared que separa los apartamentos de dos vecinos (si es un tabique sencillo, porque los muros maestros pertenecen a la Comunidad de propietarios): cada uno debe hacer un uso limitado y proporcional de su pared, no pudiendo perforar la parte contraria, etc.

 

 

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