Queremos conocerle mejor y saber su opinión sobre esta Web: si está satisfecho, qué herramientas ha utilizado... Nuestro objetivo es mejorar el servicio que le ofrecemos: ayúdenos a conseguirlo respondiendo a esta encuesta.

Sí, participo! No, gracias Recordádmelo más tarde

Gracias por su colaboración: ¡su opinión es muy valiosa para nosotros!

Busca en el sitio:  

Azioni
Fichas detalladas
Comparativas sectoriales
Fondi
Fichas detalladas
Nuestros fondos recomendados
Tablas comparativas

Inversiones de bajo riesgo

Antes de contratar
Tablas comparativas
Inmuebles
Encuestas urbanísticas
A través de acciones
A través de fondos
Documentos tipo inmobiliarios
Mercado hipotecario
Test básico: Inmuebles
Test avanzado: Inmuebles
Calcule el valor de su piso
Preguntas frecuentes
Cartera global financiera
Cartera global con inmuebles
¿Tiene bien invertido su dinero?
Calculadoras

En qué invierto en mi caso?

Elegir intermediario
Valore sus acciones
Didctico
Fiscalidad - Guía Fiscal y Separata Foral
A tener en cuenta
Dinero 15 alerta
La OCU actua
Documentos tipo
Guía socio laboral
Enlaces de inters



Datos al 29/07/2010



Libra esterlina frente al euro
Obligación perpetua

Una obligación perpetua es una obligación que no tiene prevista ninguna fecha de vencimiento. El emisor no tiene por tanto obligación de reembolsar el capital en un momento determinado, sino solamente pagar los intereses anuales. Para el inversor, la obligación perpetua puede ser un "chollo" si los tipos son elevados. Sea como fuere, cuando el poseedor de estos títulos quiera recuperar su inversión, deberá vender la obligación en bolsa, al precio del momento, que dependerá de la diferencia entre el nivel de los tipos de interés de ese momento y los tipos de interés de su obligación.


 

Página principal Arriba Versión para impresión