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 13 principios de la OCU sobre el buen gobierno en empresas cotizadas

Trece principios de la OCU sobre el buen gobierno en empresas cotizadas


1) El principio de “una acción, un voto” debe ser estrictamente respetado.


2)  El consejo promoverá la supresión de todo tipo de blindajes.


3)  El primer ejecutivo de la compañía y el presidente del consejo deben ser dos personas distintas.


4)  El consejo debe estar integrado en su mayoría por consejeros independientes, salvo que un accionista posea más del 50% de la sociedad.


5)  Las comisiones de auditoria y de retribuciones deberán estar integradas exclusivamente por consejeros independientes.


6)  Los estatutos de la sociedad podrán ser modificados a voluntad de sus accionistas, sin requerir mayorías cualificadas especiales.


7)  En caso de ampliaciones de capital, el consejo no debe promover nunca la renuncia al derecho de suscripción preferente.


8)  Los accionistas deben poder expresar el derecho de voto a través de la votación a distancia por Internet.


9)  El consejo debe poder ser renovado completamente a voluntad de la junta general.


10) La remuneración del consejo debe ser aprobada por la junta general.


11)  Los accionistas conocerán las retribuciones individualizadas de cada consejero, incluidas opciones sobre acciones, compromisos por pensiones o cláusulas de rescisión.


12)  El presidente del consejo debe tener una limitación en su edad y en la permanencia al frente del mismo.


13)  La sociedad prescindirá de entramados societarios cuyo objetivo sea ocultar información al accionista.



 

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