La OCU integrada en el CCU – Consejo de Consumidores y Usuarios -
hace pública la postura adoptada a 29 de mayo por tal organismo, cuya finalidad
es el ser puente entre la Administración y las asociaciones de
consumidores.
PREGUNTAS Y RESPUESTAS MÁS FRECUENTES
¿Cuál es el problema actual con las empresas de bienes tangibles
de Forum Filatélico, S.A. y Afinsa Bienes Tangibles, S.A.?
Ambas empresas se encuentran intervenidas judicialmente por orden de los
Juzgados Centrales de Instrucción 1 y 5. Contra ellas se han presentado por
parte de la Fiscalía Anticorrupción dos querellas por los presuntos delitos de
estafa, falsedad documental, blanqueo de capitales, insolvencia punible,
administración desleal y fraude contra la Hacienda Pública. Actualmente se están
dando los primeros pasos en la fase de instrucción. Además del procedimiento
penal seguido por los Juzgados Centrales de Instrucción 1 y 5
¿Existe algún otro procedimiento judicial contra FORUM
FILATELICO, S.A. y AFINSA BIENES TANGIBLES, S.A. de interés para los afectados?
Sí, se ha presentado una solicitud de declaración de concurso que conocen por
razón de compentencia los Juzgados de lo Mercantil nº 6 y 7 de Madrid. Esta
solicitud está aún en una fase inicial, debiendo resolver el Juzgado en los
próximos días sobre su admisión y en su caso dar traslado al deudor por cinco
días para su oposición o allanamiento. Tras ello, de admitirse la solicitud, se
dará la oportuna publicidad a la resolución judicial mediante su publicación en
el BOE y periódicos de mayor difusión de la provincia donde radique el centro de
los principales intereses del deudor. Las asociaciones de consumidores y
usuarios contribuirán también a dar la máxima publicidad al auto judicial de
declaración del concurso. Tras esta declaración judicial habrá un plazo de 30
días para que se reconozcan los créditos. En ese momento será necesario
acreditar ante el juzgado la condición de acreedor.
¿Deben realizar alguna actuación los afectados para ser tenidos
en cuenta en el procedimiento concursal?
En su momento, en función de cómo se desarrolle el procedimiento concursal,
las asociaciones de consumidores y usuarios informarán de los pasos a seguir.
Para este procedimiento se precisarán los contratos originales o una copia
compulsada de los mismos. Es conveniente por ello, para agilizar trámites y
poder presentar la documentación en plazo, que se vaya obteniendo una copia
compulsada o testimoniada de los documentos que acrediten su relación con las
empresas intervenidas. ¿Son compatibles los procedimientos penales y civiles?
Si, ambos procedimientos son perfectamente compatibles sin que exista ningún
tipo de prejudicialidad. Ni el proceso concursal detiene el proceso penal (art.
260.3 Código Civil), ni el proceso penal suspende el proceso concursal (art.
189.1 Ley Concursal).
¿Se ha pronunciado la Agencia Tributaria sobre si deben declarar
los afectados de FORUM FILATELICO SA y AFINSA BIENES TANGIBLES SA en su IRPF los
rendimientos que sus inversiones en dichas empresas les han generado, teniendo
en cuenta que muchos de ellos no han cobrado dichos rendimientos porque fueron
reinvertidos en productos de las citadas empresas?
Si, la Agencia Tributaria entiende que «efectivamente deben ser declarados
como rendimientos de capital mobiliario en el IRPF con independencia de su
destino o reinversión». El Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo que debe
declarar todo contribuyente que supere determinados límites, no todos los
ciudadanos. Ante la situación actual, se ha planteado a la Agencia Tributaria si
los afectados deben considerar y declarar sus inversiones en FORUM FILATELICO SA
y AFINSA BIENES TANGIBLES SA como bienes y derechos de contenido económico
sujetos al impuesto de patrimonio en todo caso o si por el contrario habrá que
descontar del patrimonio existente a 31 de diciembre de 2005 la cantidad de la
que actualmente no puede disponer el afectado a causa de la intervención
judicial. La Agencia Tributaria responde que «si están obligados a declarar el
Impuesto sobre el Patrimonio en 2005 deben considerar y declarar sus inversiones
en FORUM FILATELICO SA y AFINSA BIENES TANGIBLES SA como bienes y derechos de
contenido económico sin que quepa aplicar el “descuento” planteado».
¿Afecta de algún modo la reclamación ante los órganos judiciales
para la relación con la Agencia Tributaria?
No, son órganos y procedimientos independientes.
¿En qué situación patrimonial se encuentran las empresas Forum
Filatélico, S.A. y Afinsa Bienes Tangibles, S.A.?
Por el momento no se puede determinar la realidad patrimonial de estas
empresas. Según las querellas presentadas se encuentran en situación
insolvencia, pero deberá ser el Administrador Judicial quien valore esta
realidad.
¿A dónde puedo acudir como afectado?
Diríjase a las asociaciones de consumidores y usuarios más representativas,
pertenecientes al Consejo de Consumidores y Usuarios. Organización de
consumidores:
ADICAE: tfno: 91. 540.05.13; www.adicae.net; correo
electrónico: aicar.adicae@adicae.net
AUC: tfno: 91.501.67.73; www.auc.es, correo electrónico: auc@auc.es
ASGECO: tfno: 91. 403.50.78; www.asgeco.org, correo electrónico: asgeco@asgeco.org
CEACCU: tfno: 91. 594. 50.89; www.ceaccu.org, correo electrónico: ceaccu@ceaccu.org
CECU: tfno: 91. 364.13.84; www.cecu.es; correo electrónico: cecu@cecu.es
FUCI : tfno:91. 564.01.18; www.fuciweb.org; correo electrónico: federacion@fuciweb.org
HISPACOOP:tfno: 93.317.25.21; www.consumer.es; correo electrónico: hispacoop@hispacoop.es
OCU: tfno: 902. 300.188; www.ocu.org; correo electrónico: información@ocu.org
UCE: tfno: 91. 434.20.85; www.uniondeconsumidores.info;
correo electrónico: uce_consumidores@ono.com
UNAE: tfno: 91. 575.72.19; www.federacionunae.com; correo
electrónico: info@federacionunae.com
¿Qué pasos deben seguir los afectados?
Contactar con alguna de las asociaciones de consumidores y usuarios más
representativas, relacionadas más arriba, y facilitar los datos de contacto.
Recopilar toda la documentación de que se disponga (contrato, recibos,
justificantes de pago, publicidad y cualquier otro documento de interés) y
fotocopiarla por duplicado. Conservar los originales en su poder. Esperar con
calma que las asociaciones de consumidores y usuarios con las que usted ha
contactado y a las que ha facilitado sus datos se pongan en contacto con usted y
le den instrucciones. Tenga en cuenta que esta fase requiere una labor de
organización y creación previa de infraestructura en las asociaciones. Tendrá
plazo suficiente para la defensa de sus derechos.
¿Debo denunciar directamente ante el Juzgado o las
Comisarías?
No es conveniente para evitar la dispersión y multiplicación de los
procedimientos. En última instancia todas tendrían que remitirse al Juzgado
Central de Instrucción que conoce la causa y la presentación de denuncias
individuales puede dilatar la instrucción del proceso. Las asociaciones de
consumidores y usuarios defenderán directamente sus intereses ante la Audiencia
Nacional. En ningún caso la denuncia individual va a suponer ningún tipo de
preferencia en la resolución ni mayores posibilidades de recuperar lo invertido.
El Juzgado de Instrucción nº 1 y nº 5 de la Audiencia Nacional con fecha 17 de
mayo ha emitido un comunicado recomendando: “para agilizar la tramitación de la
causa, que los perjudicados se agrupen de forma que cada grupo tenga una misma
dirección letrada y Procurador”
¿Qué sucede con los afectados que no se muestren parte de la
causa?
Según el comunicado de los Juzgados Centrales de Instrucción nº 1 y nº 5, que
están estudiando las causas denominadas Afinsa Bienes Tangibles, S.A. y Forum
Filatélico, S.A., señala que aquellos perjudicados que no se muestren parte en
la causa no renuncian al derecho de “restitución, reparación o indemnización que
a su favor puede acordarse en sentencia firme”. En estos supuestos será el
Ministerio Fiscal el que velará por los derechos de los afectados. El Consejo de
Consumidores y Usuarios sigue recomendado a los afectados tranquilidad y, más,
cuando en un breve plazo de tiempo, se va a crear una oficina de apoyo, a través
de la Audiencia Nacional, a fin de gestionar las denuncias y personaciones de
los perjudicados.
Y si tengo pagos pendientes, ¿Qué debo hacer?
En estos instantes la situación es la siguiente: a) Afectados por FORUM
FILATELICO, SA. Existe ya un auto judicial del Juzgado Central de Instrucción nº
5 de fecha de 12 mayo de 2006, que acuerda: “Dejar sin efecto, cautelarmente,
las obligaciones que tengan los afectados en el marco de las presentes
diligencias, de consignar las cantidades aplazadas y obligadas mediante los
respectivos contratos con la Entidad Forum Filatélico SA hasta tanto se informe
por el administrador judicial designado en sentido contrario”. b) Afectados por
AFINSA BIENES TANGIBLES, SA. Existe ya un auto judicial del Juzgado Central de
Instrucción nº 1, de fecha 16 de mayo de 2006, que acuerda: “Dejar sin efecto,
cautelarmente, las obligaciones que tengan los afectados en el marco de estas
diligencias previas, de consignar las cantidades aplazadas y obligadas mediante
los respectivos contratos con la sociedad AFINSA BIENES TANGIBLES,S.A. hasta
tanto se informe por el administrador judicial designados en sentido contrario”
Por ello, se suspenden los pagos hasta que no se indique lo contrario
¿Debo resolver el contrato?
No. No firme ningún documento que le faciliten las empresas implicadas o
cualquier tercero. Siga las instrucciones que le irán indicando las asociaciones
de consumidores y usuarios.
¿Existe algún fondo público de garantía?
No.
¿Pueden los pensionistas afectados por el caso AFINSA BIENES
TANGIBLES SA y FORUM FILATELICO SA solicitar el complemento a mínimos de la
Seguridad Social?
Según acuerdo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, lo pensionistas
con pensiones inferiores a las mínimas establecidas, que hasta ahora no recibían
el denominado complemento a mínimos, por tener ingresos procedentes de sus
ahorros depositados en FORUM FILATELICO SA y AFINSA BIENS TANGIBLES SA, podrán
solicitar este complemento a mínimos siempre que no tengan otra fuente de
ingresos de capital que lo haga incompatible. Para el año 2006 el límite de
ingresos de otras fuentes establecido para recibir el complemento a mínimos es
de 6.330,39 euros anuales.
Madrid, 29 de mayo de 2006