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¿Es fácil operar a través de la gestora?
Si la gestora está autorizada para
comercializar sus propios fondos, usted debería poder comprar o vender
participaciones a través de ella directamente, sin tener que acudir a una entidad
comercializadora. Sin embargo, esta opción, recomendable para el partícipe,
no suele ser del agrado de las gestoras.
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Si usted, como partícipe de un fondo, desea
cesar su relación con su comercializador, puede seguir siendo partícipe de
dicho fondo sin tener que realizar ningún traspaso, ya que el registro de
participaciones es competencia de la gestora y es con ella con la que usted
tiene relación. Pero la falta de normativa sobre cómo han de actuar las
gestoras - no están obligadas a aceptar órdenes de suscripción y reembolso
si no han solicitado realizar dicha labor – y los comercializadores –a
los que sólo les interesa trasmitir a la gestora órdenes por las que
cobren comisión – puede ponerle en un brete.
COMERCIALIZADOR
Las gestoras pueden comercializar sus
propios fondos siempre que hayan sido autorizados por la CNMV (Comisión
Nacional del Mercado de Valores) a realizar tal labor. Comercializar
directamente prescindiendo de comercializadores externos le supone a la gestora
eliminar un intermediario que se queda con buena parte de las comisiones y le
permite ofrecer fondos más económicos y probablemente con mejores resultados
para el partícipe. Sin embargo, la necesidad de gestionar altos volúmenes en
los fondos y el engorro que supone la operativa con los particulares hacen que,
en la práctica, la mayoría de gestoras recurra a comercializadores externos.
Incluso las gestoras autorizadas ponen grandes reparos a los particulares para
cursar sus órdenes, tal y como hemos comprobado sobre el terreno.
en la práctica
Hemos querido comprobar in situ qué
ocurre cuando damos una orden de reembolso directamente en la gestora de un
mismo fondo que hemos comprado a través de distintos comercializadores. Para
ello suscribimos participaciones de fondos de Santander Gestión, BBVA Gestión,
Gesmadrid, Popular Gestión, Gesbankinter, Bancaja Fondos y Metagestión, tanto a
través de comercializadores externos (sucursales de su propio grupo financiero,
Selftrade, Inversis, Tressis y Cortal Consor) como en la propia gestora (en el
caso de los dos últimas). Posteriormente e independientemente del
comercializador en el que compramos el fondo, dimos una única orden de
reembolso directamente en la gestora.
- Popular Gestión, Gesmadrid y Gesbankinter
no están habilitadas para la comercialización de participaciones de
fondos de inversión. Las dos primeras cuentan con un solo comercializador: la
red de oficinas de su grupo bancario (Banco Popular y Caja de Madrid). Al
solicitar el reembolso en dichas gestoras nos comunicaron que no podían
cursarlo directamente por carecer de tal autorización. Gesmadrid y Gesbankinter
nos dieron como alternativa la opción de cursar la operación como si se hubiese
tramitado a través de su red de oficinas, algo que se realizó correctamente. En
cambio, Popular Gestión no nos dio solución alguna, de forma que un cliente que
desee romper su relación con el Banco Popular se encontraría con que no puede
hacer ya nuevas suscripciones ni reembolsos.
- Santander Gestión, que sí tiene autorización
para comercializar, realizó correctamente el reembolso total de participaciones
solicitado por nuestro colaborador mediante una transferencia a una cuenta
indicada por éste, sin tener en cuenta que las participaciones se compraron
fuera de la gestora: (en Tressis y las oficinas del Santander).
- Bancaja Fondos y Metagestión
comercializan directamente sus propios fondos. La primera también los
comercializa a través de Banco de Valencia y la segunda en distintos
comercializadores. En un principio ambas gestoras nos indicaron, erróneamente,
que mediante una orden a la gestora sólo podríamos vender las participaciones
compradas directamente con ellos y no aquellas adquiridas en otros
comercializadores. Después de comunicarles por correo certificado nuestra orden
de venta de “todas” nuestras participaciones, Metagestión nos reembolsó todas
correctamente con transferencia a la cuenta indicada, pero Bancaja Fondos
siguió indicándonos incorrectamente que no podía rembolsar aquellas
participaciones compradas en el Banco de Valencia.
- Tampoco nos parece correcta la actuación
de BBVA: sí cursa órdenes directamente en la gestora pero para certificar
nuestra identidad obliga a que se firme la orden físicamente en su presencia,
por lo que hay que desplazarse en persona a las oficinas de la gestora en
Madrid.
¿Qué ocurre si compramos un mismo fondo en varios
comercializadores y damos orden de reembolso en alguno de ellos por el total?
Como hemos comprobado en la práctica la relación cliente-gestora se convierte
en papel mojado: aun justificando que se poseen dichas participaciones, ningún
comercializador ha querido tramitar orden alguna por volumen superior al que se
compró en dicha entidad.
Conclusión
Las gestoras deberían estar obligadas a
poner los medios necesarios para solucionar los problemas detectados en esta
prueba. Nosotros pondremos en conocimiento de la CNMV los resultados para que
emprenda las acciones que considere oportunas. Entretanto, si desea dar por
finalizada la relación con su actual comercializador lo más fácil es buscarse
otro de su conveniencia y ordenarle el traspaso de los fondos que no venda el
nuevo comercializador y notificar el cambio de comercializador para aquellos
que sí venda.