santander indemniza por su retraso
Reclamamos nuestros derechos por el
retraso en el traspaso de nuestro dinero de un fondo a otro. ¿Valió la pena?
Si la tardanza en un traspaso no está justificada,
puede reclamar ante la entidad y, de no obtener respuesta o ésta no ser la
deseada, dirigirse posteriormente al Servicio de Reclamaciones de la CNMV. Eso
sí, valore antes si realmente le merece la pena: el proceso es lento, a las
entidades les cuesta rectificar y aún cuando lo hacen, la indemnización
recibida podría no justificar los trámites.
La teoría y la práctica
La normativa fija unos límites de tiempo
para que las entidades realicen un traspaso entre fondos: un máximo de ocho
días hábiles entre fondos españoles y algún día más si interviene un fondo
extranjero en la operación. En la práctica, sin embargo, como puso de
manifiesto nuestro test práctico (vea artículo),
estos límites suelen superarse.
Nuestro caso
Esto es precisamente lo que nos sucedió con
el traspaso que realizamos desde el Fidelity US Dólar Bond Fund A de
Bankinter al Santander Bonos LP. Tras dar la orden a Cortal Consors,
supermercado donde se comercializa el fondo de destino, tardaron 11 días
hábiles en efectuar el traspaso. Plazo que nos pareció excesivo y que según
nuestros cálculos nos había producido un quebranto de unos 14 euros. Reclamamos
ante el Servicio de Atención al Cliente de Cortal Consors. Esta entidad se
eximió de toda responsabilidad achacando el retraso en el traspaso a un error
de la entidad gestora del fondo de destino (Santander) de quien era
comercializador (vea nuestra opinión al respecto en el recuadro adjunto).
Nos dieron la razón, pero…
Nuestro siguiente paso fue reclamar ante el
Servicio de Reclamaciones de la CNMV y, tras ¡nueve meses de espera!, nos
comunicó que efectivamente, el Santander, reconocía que por no tener dado de
alta en su sistema informático el fondo de destino el traspaso se realizó con
retraso y compensaba económicamente a nuestro colaborador abonándole 14,61
euros.
Nos dieron finalmente la razón pero el
esfuerzo, dinero (nos gastamos unos 7 euros en enviar las reclamaciones
mediante dos cartas con acuse de recibo) y tiempo empleados a todo el mundo
quizá no le merezca la pena.
¿Supermercados responsables?
La operativa de traspasos indica que es el fondo
de destino al que se deben dirigir las órdenes de traspaso. Cuando es un
supermercado el que lo comercializa debe ser el responsable del traspaso como
entidad de destino. De ahí que nos sorprenda sobremanera el lavado de manos
realizado por el Servicio de Reclamaciones de Cortal Consors echándole el
muerto al Santander pero sin hacer nada por solucionar el problema de su
cliente. Afortunadamente no todos los supermercados son así y si un caso como
éste le ocurriera a un cliente del Supermercado de Fondos OCU, la implicación
de nuestra Línea de Inversión (913 009 141 / 902 889 488) y de Selfbank,
prestatario de dichos servicios, el socio no se vería desamparado y su problema
se resolvería con presteza en la mayoría de los casos.